Las
leyes del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico
requieren que individuos
y empresas dedicadas
a negocios financieros
cuenten con la autorización
debida para hacer negocios
en el País.
Con
excepción de
las Cooperativas de
Ahorro y Crédito,
las cuales están
licencia y asegura COSSEC
y las empresas y personas
dedicadas al negocio
de seguros, que caen
bajo la jurisdicción
del Comisionado
de Seguros de Puerto
Rico - las restantes
deben estar licenciadas
como concesionarias
o registradas en la
Oficina del Comisionado
de Instituciones Financieras
(ver sección
de leyes).
Todo
concesionario de la
OCIF está obligado
a desplegar la licencia
que les acredita como
tales en un lugar visible
al público y
a fijar en la entrada
principal del local
en que llevan a cabo
sus negocios un marbete
que vence cada 31 de
diciembre. Búsquelos.
Para
su conveniencia, usted
puede acceder a las
listas de los concesionarios
de la OCIF - por
tipo de licencia otorgada.
Si confronta problemas
en su búsqueda
o tiene alguna duda
relacionado con licencias,
por favor comuníquese
vía correo electrónico
con nuestra División
de Reglamentación
o por teléfono
al (787) 723-3131 ext.
2214.